De acuerdo con el artículo 49 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, las indemnizaciones correspondientes a las lesiones sufridas en accidentes de tráfico según los valores de las tablas que recoge dicha normativa se actualizará con el incremento del Índice de Revalorización de las Pensiones de cada año sin necesidad de esperar a su publicación por la Dirección General de Seguros.
La del año 2017 se publicó en Resolución de 3 de octubre con efectos a 1 de enero del 2017 y la del 2018 por resolución de 31 de enero, que ha sido posteriormente actualizada en por Resolución de 25 de julio de 2018, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías indemnizatorias vigentes durante el año 2018 revalorizadas en un 1,60%.
Así, a modo de ejemplo, las indemnizaciones por lesiones temporales se fijan para el año 2018 en 30,15 € cada día de perjuicio personal básico, frente a los 30,07 € contemplados para 2017, y en 52,26 € cada día de perjuicio personal moderado, frente a los 52,13 € de 2017.