Se ha dictado Sentencia por el Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo el 27 de mayo de 2019 en el que el Alto Tribunal modifica su anterior doctrina para los supuestos de reclamación de daños materiales producidos en accidentes de circulación en los que no se ha podido probar la responsabilidad de uno u otro conductor en su causación.

Según la nueva Sentencia dictada, cuando ninguno de los conductores logre probar su falta de culpa o negligencia en la causación del daño al otro vehículo cabrían en principio tres posibles soluciones: (i) que cada conductor indemnice íntegramente los daños del otro vehículo; (ii) que las culpas se neutralicen y entonces ninguno deba indemnizar los daños del otro vehículo; y (iii) que cada uno asuma la indemnización de los daños del otro vehículo en un 50%.

La sala considera que la tercera solución es la más coherente con la efectividad de la cobertura de los daños en los bienes por el seguro obligatorio de vehículos de motor, pues cualquiera de las otras dos o bien podría privar por completo de indemnización, injustificadamente, al propietario del vehículo cuyo conductor no hubiera sido causante de la colisión pero no hubiese logrado probar su falta de culpa, o bien podría dar lugar a que se indemnice por completo al propietario del vehículo cuyo conductor hubiera sido el causante de la colisión pero sin que exista prueba al respecto.

Resulta interesante también de la sentencia dictada que el Tribunal Supremo, habida cuenta de la falta de criterio jurisprudencial consolidado en la materia, en el caso enjuiciado no impone a la aseguradora condenada al pago del 50% de los daños a los intereses incrementados del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, sino a los ordinarios previstos en Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, considerando que estos supuestos entran en las excepciones previstas en la regla octava del mencionado artículo.

La nota de prensa del Tribunal Supremo y el texto íntegro de la Sentencia puede consultarse en el siguiente enlace: http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-fija-el-reparto-de-indemnizaciones-por-los-danos-causados-en-colisiones-reciprocas-de-trafico-

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *