El pasado 4 de septiembre de 2018 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado en el asunto C-80/17 sobre una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo de Portugal respecto a la obligación de suscripción de un seguro de responsabilidad civil para un vehículo que se estaciona en lugar privado y con el que no se tiene intención de circular, así como si debe responder el propietario del vehículo por el incumplimiento de dicha obligación con independencia de que sea o no responsable de un eventual accidente del vehículo.
El TJUE declara que, en virtud de la Primera Directiva relativa al seguro de responsabilidad civil del automóvil (en la fecha de los hechos enjuiciados eran aplicables la Primera Directiva, 72/166/CEE del Consejo de 24-4-72, y Segunda Directiva, 84/5/CEE del Consejo de 30-12-83, ambas derogadas por la vigente Directiva 2009/103/CE de 16-9-09 del seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles y control de la obligación de asegurar esta responsabilidad), es obligatorio suscribir un contrato de seguro de responsabilidad civil del automóvil cuando el vehículo sigue estando matriculado en un Estado miembro y es apto para circular, pero se encuentra estacionado en un terreno privado por la mera decisión de su propietario, que ya no tiene intención de conducirlo.
En segundo lugar, el TJUE declara que la Segunda Directiva no se opone a una norma que, como la ley portuguesa (y la española), establece que el organismo de indemnización (el Consorcio de Compensación de Seguros) puede reclamar por las consecuencias que haya debido asumir derivadas de un accidente provocado por un vehículo sin seguro, además de contra el responsable o los responsables del accidente, contra la persona que, estando sujeta a la obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil del automóvil respecto del vehículo que haya causado el accidente (el propietario), no había suscrito ningún contrato a tal efecto, aun cuando dicha persona no sea civilmente responsable del accidente.
El comunicado de prensa del TJUE puede consultarse en el siguiente enlace: https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2018-09/cp180125es.pdf